Reclamación de incapacidad permanente

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Una incapacidad permanente es aquella situación en la que un trabajador, después de haber sufrido un accidente de trabajo o habérsele diagnosticado una enfermedad profesional, y haber seguido el tratamiento médico correspondiente, tiene secuelas previsiblemente definitivas que le impiden realizar su trabajo o que disminuyen su capacidad laboral.

En caso que se reconozca la incapacidad permanente se otorgará una pensión de un 55% de la base reguladora. Además, cuando el trabajador cumpla los 55 años y se acredite que tiene dificultad para encontrar un nuevo empleo, debido a la falta de preparación se le reconocerá un incremento del 20%. 

Como respuesta a esta consulta se detalla el procedimiento para la reclamación de este tipo de incapacidad, el procedimiento a seguir posibles reclamaciones judiciales que tiene las siguiente fases:

  • Es conveniente que a la solicitud preceda una incapacidad temporal.
  • Presentar solicitud de incapacidad permanente con documentación (DNI, informes privados, el historial médico de la sanidad pública y  cualquier documento relevante en relación a la dolencia.
  • El INSS elaborará un informe médico y otro profesional que serán valorados para elaborar una resolución.
  • Si la incapacidad se deniega se puede presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social.
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