Importante sentencia del Supremo sobre el 7P: los días del desplazamiento (ida y vuelta) también están exentos

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Importante sentencia del Tribunal Supremo sobre la exención del 7P: los días correspondientes al desplazamiento (ida y vuelta) también están exentos.

En su sentencia (Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso. Sección: 2. Fecha: 25/02/2021), determina expresamente lo siguiente:

“El criterio que fijamos es que en la expresión “rendimientos del trabajo percibidos por trabajos efectivamente realizados en el extranjero” (art. 7.p) LIRPF) deben entenderse comprendidos los rendimientos de trabajo percibidos por el trabajador que correspondan a los días de desplazamiento al país de destino o de regreso a España”.

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/actualidad-fiscal-contable/importante-sentencia-del-supremo-sobre-el-7p-los-dias-del-desplazamiento-ida-y-vuelta-tambien-estan-exentos/

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