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NOTA: Si detectas algún error, algún convenio colectivo obsoleto o algún convenio más que creas pueda ser útil en esta página por favor, háznoslo saber con un comentario.

BASES DE DATOS DE CONVENIOS COLECTIVOS


282 thoughts on “Convenios

    Secretaria General said:
    2021-07-18 at 11:10 am

    Hay un principio de acuerdo del Convenio Colectivo del Metal .
    Para seguir lo que esta sucediendo al respecto y lo . Para seguir lo que estamos haciendo en relación a el Convenio Colectivo del Metal suscríbete a nuestro canal de Telegram: (https://t.me/CCMetalMadridCGT)

    Esther said:
    2021-06-10 at 8:47 am

    Buenos días,
    ¿hay alguna noticia de cuando saldrá el convenio del comercio del metal de la Comunidad de Madrid?
    Tenemos los salarios aún con las tablas antiguas y no sabemos mas o menos de cuanto será la subida…
    Gracias de antmano

      Área Comunicación CGT Metal Madrid said:
      2021-06-14 at 1:49 pm

      Hola, actualmente están negociando el nuevo convenio la patronal con UGT y CCOO. Informaremos en cuanto sepamos algo.

        Jesus said:
        2021-07-27 at 3:28 pm

        Hola se sabe algo nuevo del convenio Comercio del metal de la comunidad de Madrid?

          Área Comunicación CGT Metal Madrid said:
          2021-08-03 at 6:26 am

          Hola, a la espera de que que se publique en el BOCM ya que las noticias que tenemos es que ya lo han firmado CCOO, UGT y la AECIM.

            Anagel said:
            2021-08-27 at 11:23 am

            Hola, por lo que veo el que se ha firmado es el de Industria del metal, del comercio del metal no se dice nada ¿se han iniciado ya las negociaciones?

            Secretaria General said:
            2021-10-09 at 10:15 am

            No nos consta que se haya iniciado, aunque quien lo negocia CCOO/UGT no son muy trasparentes.

            Alejandro said:
            2021-08-30 at 11:01 am

            Por lo que veo el convenio que se ha firmado es el de Servicios e Instalaciones del Metal, del convenio de Comercio del metal se sabe algo?

            Alberto said:
            2021-09-07 at 9:47 am

            Pero ya han firmado a falta de publicación en el BOCM el CC del COMERCIO del metal de Madrid. Yo todas las noticias que veo es sobre el CC del metal que no es el mismo al del CC del COMERCIO del metal.

            Secretaria General said:
            2021-10-09 at 10:13 am

            El que se ha firmado es el de industria del metal. El de comercio no nos consta ni que se este negociando.

            Irene said:
            2021-09-14 at 3:35 pm

            Hola, ¿hay ya fecha para la publicación en el BOCM el nuevo convenio del comercio del metal? Gracias.

            Secretaria General said:
            2021-10-09 at 10:09 am

            No, de hecho nos han comentado que hay problemas por la redacción de algunos puntos.

          David said:
          2021-09-16 at 9:43 am

          Buenos días,
          ¿hay alguna noticia de cuando saldrá el convenio del comercio del metal de la Comunidad de Madrid?

            Secretaria General said:
            2021-10-09 at 10:08 am

            No nos consta ni que se este negociando. No estamos en la mesa de negociación por falta de representatividad y los que lo negocian CCOO/UGT lo hacen con mucho oscurantismo.

      Noemi said:
      2021-09-10 at 6:36 am

      Buenos días,
      En mi empresa tenemos el convenio del comercio del metal y nuestro jefe nos está quitando dinero en las nóminas por acudir al médico tenemos tiempo para ir al médico, en el convenio vigente no aparece si 10 horas de asuntos propios sin embargo en el convenio anterior si hace referencia a los médicos.
      Además nos han descontado 15 días por estar de baja por el covid en la paga de verano De este año,siendo una baja en septiembre del año pasado. Espero su ayuda

        Secretaria General said:
        2021-10-09 at 10:10 am

        Hola Noemi, para consultas jurídicas por favor utiliza el formulario en el siguiente enlace. Allí te atenderemos considerando tu caso concreto.

    Marta said:
    2021-05-07 at 1:29 pm

    Alguna noticia sobre negociaciones para un próximo convenio de Industria, Servicios e Instalaciones del Metal de Madrid?

      Secretaria General said:
      2021-07-18 at 11:08 am

      Parece ser que ya hay un principio de acuerdo. Para seguir lo que estamos haciendo en relación a el Convenio Colectivo del Metal suscríbete a nuestro canal de Telegram:

    Marta said:
    2020-12-12 at 10:42 am

    Hola, mi convenio es el del comercio del metal y tengo una duda, ¿Que diferencia hay entre dependiente 22 años y dependiente mayor?
    Por que tengo 30 años con 5 de antigüedad y percibo la categoría salarial de dependiente 22 años.
    Gracias por adelantado
    Saludos

      Área Jurídica de CGT Metal Madrid responded:
      2021-01-28 at 7:46 am

      Hola, lo primero perdona la tardanza, pero esta no es la manera en la que habitualmente resolvemos consultas. Para las mismas utilizamos los formularios de la web.

      Hace ya años que en los Convenios Colectivos no existen categorías sino grupos profesionales por lo has de remitirte a tu grupo profesional.

      En concreto las antigua categoría de dependiente mayor proviene del Reglamento de comercio de 1971 ya derogado donde se indicaba: “En los establecimientos, por cada cuatro Dependientes habrá un Dependiente mayor, designado·libremente por la Empresa entre las dependientes que exceden de dicha edad.”
      No obstante, en su momento se realizó una asignación de las antiguas categorías profesionales a los grupos profesionales se incluyeron tanto el dependiente mayor como el de más 22 años en el grupo profesional 4. No obstante el CC establece dos niveles salariales 4.1 y 4.2 respectivamente.
      De todas formas es necesario tener más detalles sobre tu situación real para aconsejarte como reaccionar por lo que te recomiendo que inicies una consulta jurídica en esta web.

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    Ana Ocón said:
    2020-12-01 at 10:44 am

    Hola,

    Me podrían aclarar si los ´dias anteriores a los festivos nacionales, por convenio de metal, no se trabajan?

    De ser así, cómo computan esos días: festivos, vacaciones…?

    Muchas gracias!
    Un saludo!
    Ana

      Secretaria General said:
      2020-12-03 at 10:27 am

      EL Convenio del metal no regula los días laborables concretos. Estos han de venir en el calendario laboral de la empresa que definen que días son laborables o no considerando los calendarios laborales oficiales y la jornada laboral de la empresa concreta siempre dentro de los límites del Convenio Colectivo.

    Pedro said:
    2020-11-06 at 4:14 pm

    Buenas

    Convenio metal Madrid

    Se sabe si este año se negociará un nuevo convenio para 2021 o se prorrográ el vigente?

    Saludos

    Guillermo Martinez said:
    2020-10-02 at 9:47 am

    Hola buenos dias, me encuentro de baja por accidente laboral, supongamos que cobro 1.300 euros , cuanto deberia de cobrar por accidente laboral ese mes???? muchas gracias

      Área Jurídica de CGT Metal Madrid responded:
      2020-10-05 at 10:35 am

      Por enfermedad profesional o accidente de trabajo 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja en el trabajo.
      La base reguladora se calcula como la base de cotización por contingencias profesionales del mes anterior – horas extras mes anterior/ Nº de días cotizados (30 si el trabajador tiene salario mensual) + horas extras 12 meses anteriores a la baja/365.
      Si cotizas por los 1.300€ y no tienes horas extras sería el 75% de 1.300€ = 975€
      Todo esto salvo que este complementado por Convenio Colectivo.

    javier lara said:
    2020-09-24 at 10:50 pm

    buenas…llevo 18 meses de baja y me dicen que no tengo derecho a las vacaciones no disfrutadas en mi empresa….mi empresa es de telecomunicaciones y tiene el convenio de la siderometalurgia…me podrian ayudar sobre este tema?
    gracias un saludo

      Área Jurídica de CGT Metal Madrid responded:
      2020-09-25 at 9:20 am

      Según el art. 38 ET si el periodo de vacaciones coincide con un periodo de baja médica, el trabajador tiene derecho a recuperar esos días de vacaciones que no se han podido disfrutar por estar de baja, disfrutando de las vacaciones una vez acabada la baja. Da igual si la baja empezó antes o después de las vacaciones, pero existe un límite temporal para poder recuperar esas vacaciones: no pueden haber pasado más de 18 meses desde que se haya acabado el año al que correspondan esas vacaciones.
      En tu caso si llevas 18 meses de baja suponemos que empezaste hacia marzo de 2018. No podrías disfrutar las vacaciones que tuvieras pendientes de disfrutar del 2018, ya que han pasado mas de 18 meses desde que acabo ese año. Si tendrías derecho a las vacaciones del 2019 y del 2020.
      Para consultas jurídicas más detalladas o si quieres iniciar algún procedimiento para reclamarlas judicialmente solicítalo en este formulario.

    José Manuel Hidalgo said:
    2020-09-02 at 2:00 pm

    Buenas tardes.

    Me podrían indicar cuánto es el porcentaje que abona la empresa durante los 15 primeros días de una baja?
    Descontando los 3 primeros claro está.

    Gracias de antemano

      Secretaria General said:
      2020-09-09 at 7:55 am

      La cuantía del subsidio por incapacidad temporal depende del motivo de la baja laboral. En caso de enfermedad común y accidente no laboral, te pertenece el 60% de la base reguladora desde el cuarto día de la baja hasta el día 20 incluido, y el 75% a partir del día 21.

    fiberlasercastilla.com said:
    2020-08-27 at 10:21 am

    Os adrezco el compartir con todos nosotros toda esta practica información. Con estos granitos de arena hacemos màs grande la montaña Internet. Enhorabuena por este post.

    Saludos

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