La coincidencia del derecho de huelga y los plazos procesales

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No por llamativa, deja de plantear una discusión ciertamente interesante. Sobre todo atendiendo a la identidad del recurrente, un sindicato de ámbito nacional y fuerte presencia en todos los sectores.

La reciente Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de fecha 27 de marzo de 2023 ha resuelto la controversia existente entre el sindicato Comisiones Obreras y un grupo de letrados y personal administrativo de su asesoría jurídica que en el mes de enero del presente año habían convocado una huelga para reivindicar el incremento de sus retribuciones, las cuales llevaban varios años congeladas.

Tal huelga -que tenía una duración estimada de dos semanas y que había sido convocada correctamente- vino precedida del requerimiento formal efectuado por el propio Sindicato para que los letrados solicitasen la suspensión de los procedimientos señalados para dicho período, respondiendo a tal requerimiento los convocantes con un listado en el que indicaban los procedimientos pendientes y que se verían afectados, comunicando que seguirían los paros instados.

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