Despido objetivo: Hacienda aclara la tributación e imputación temporal de la indemnización por despido y de los salarios de tramitación

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Despido objetivo: la Dirección General de Tributos aclara en una Consulta Vinculante muy reciente la tributación e imputación temporal de la indemnización por despido y de los salarios de tramitación (Consulta Vinculante V0075-20, de 15 de enero de 2020).

El caso concreto planteado

El consultante fue despedido de una empresa el 3 de julio de 2017, calificándose el despido como objetivo, y percibiendo la correspondiente indemnización.

Estando disconforme con el mismo presentó demanda individual de despido y el Juzgado de lo Social en sentencia de 21 de diciembre de 2017, declaró la improcedencia del mismo condenando a la empresa al pago de una indemnización por despido improcedente o alternativamente a la readmisión del consultante en su puesto de trabajo con el abono de los salarios de dejados de percibir.

La empresa recurrió la sentencia.

El consultante presentó demanda de readmisión provisional, y el Juzgado de lo Social, en auto de 16 de abril de 2018, condena a la empresa a la readmisión del consultante y al abono de los salarios de tramitación.

El 26 de abril de 2018, se produjo el pago de los salarios de tramitación y el 9 de mayo de 2018, la empresa procedió a dar de alta al consultante en la Seguridad Social, con efectos 4 de julio de 2017.

Se plantea a Hacienda la tributación de la indemnización por despido y de los salarios de tramitación percibidos. Consecuencias fiscales de la devolución de la indemnización percibida en el supuesto de reincorporación definitiva del consultante a la empresa.

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http://sincro.com.es/blog/actualidad-fiscal-contable/despido-objetivo-hacienda-aclara-la-tibutacion-e-imputacion-temporal-de-la-indemnizacion-por-despido-y-de-los-salarios-de-tramitacion/

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