Tribunal Supremo: notificación de despido por burofax recogido por el trabajador 28 días después: no ha caducado la acción de despido
La empresa notifica un despido al trabajador por burofax, al no encontrarle en su domicilio. Correos le deja aviso y el pasa a recogerlo 28 días después. El Tribunal Supremo considera que no ha caducado el plazo para ejercicio de la acción de despido y aclara cuál es el «dies a quo» para el cómputo del plazo de los 20 días para ejercitar la acción de despido (TS 29 de enero de 2020, en unificación de doctrina).
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