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Tribunal Supremo: notificación de despido por burofax recogido por el trabajador 28 días después: no ha caducado la acción de despido

Posted on 2020-03-02 Updated on 2020-03-01

La empresa notifica un despido al trabajador por burofax, al no encontrarle en su domicilio. Correos le deja aviso y el pasa a recogerlo 28 días después. El Tribunal Supremo considera que no ha caducado el plazo para ejercicio de la acción de despido y aclara cuál es el «dies a quo» para el cómputo del plazo de los 20 días para ejercitar la acción de despido (TS 29 de enero de 2020, en unificación de doctrina).

Continúa y conoce el caso enjuiciado en:
http://sincro.com.es/blog/tribunales/tribunal-supremo-notificacion-de-despido-por-burofax-recogido-por-el-trabajador-28-dias-despues-no-ha-caducado-la-accion-de-despido/

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