La Audiencia Nacional «tumba» una política de empresa que prohibía repartir propaganda sindical en los puestos de trabajo
La Audiencia Nacional acaba de sentenciar que vulnera el derecho a la libertad sindical una política de empresa que prohíba repartir propaganda sindical en los puestos de trabajo. La sentencia, que cuenta con un voto particular, reconoce expresamente el derecho de los representantes de los trabajadores a repartir comunicados e información sindical (sentencia de la AN de 3 de mayo de 2019).
Además, condena a la empresa a indemnizar a uno de los sindicatos con la cantidad de 3.000 euros. En su sentencia (como ya hizo en la sentencia de 15 de noviembre de 2018) recuerda que tener una política de escritorios limpios o de «cero papel» no es excusa para prohibir el reparto de comunicados y/o propaganda sindical.
En la misma línea, tampoco cabe alegar como excusa la protección de datos (datos de los clientes) ,puesto que dicho derecho no es absoluto, ni puede liquidar unilateralmente el ejercicio del derecho a la información de los sindicatos a los trabajadores, si la empresa no acredita que dicha medida es idónea, razonable y proporcionada.