Determinación geográfica del centro de trabajo y convenio colectivo aplicable

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La STS 11 de febrero 2020 (rec. 3036/2017), en el marco de un conflicto planteado por un trabajador del transporte de mercancías por carretera, aborda la determinación del punto de conexión geográfico para «identificar» el centro de trabajo y así delimitar el convenio colectivo aplicable.

Se trata de una sentencia particularmente interesante, especialmente, porque los argumentos contenidos en la fundamentación invitan a pensar que, a pesar de las particularidades del caso, cabría extender esta doctrina a otros casos.

Antes de iniciar el análisis, debo confesarles que publicar este tipo de comentarios en estos momentos de alarma sanitaria me resulta algo extraño. Especialmente porque, en comparación, todo ha quedado empequeñecido y de una importancia muy secundaria (de hecho, es probable que suscite escaso interés).

Así pues, es perfectamente comprensible que pospongan la lectura a otro momento.

Si tienen «curiosidad», continúa y lee el análisis en:
https://ignasibeltran.com/2020/04/06/determinacion-geografica-del-centro-de-trabajo-y-convenio-colectivo-aplicable/

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