Cabe la supresión unilateral de la tarjeta transporte (a pesar de seguir dándola en pandemia) si la empresa se reservó el derecho de modificar o suprimir dicha política de transportes
El TSJ de Madrid ha desestimado la demanda interpuesta por los sindicatos de una compañía relativa a la supresión unilateral de la tarjeta transporte. Cuando empezó a concederla, la empresa se reservó el derecho de modificar o suprimir dicha política de transportes.
Por tanto, y aunque mantuviera la concesión de la tarjeta transporte durante el confinamiento (cuando los empleados estaban en teletrabajo) cabe su supresión unilateral. No se ha creado derecho adquirido (condición más beneficiosa) para los trabajadores (sent. del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 30 de mayo de 2022)
Continúa y conoce el caso concreto enjuiciado en: https://sincrogo.com/blog/tribunales/cabe-la-supresion-unilateral-de-la-tarjeta-transporte-a-pesar-de-seguir-dandola-en-pandemia-si-la-empresa-se-reservo-el-derecho-de-modificar-o-suprimir-dicha-politica-de-transportes/