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La derogación del absentismo laboral justificado como causa de despido toma cuerpo de ley

Posted on 2020-07-20 Updated on 2020-07-20

Procedente del Real Decreto-Ley 4/2020, de 18 de febrero –que es derogado–, se publica en el BOE del 16 de julio la Ley 1/2020, de 15 de julio, por la que se deroga el despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo establecido en el artículo 52.d) del Estatuto de los Trabajadores.

Te puede interesar:

  • Estudios. El Real Decreto-Ley 4/2020, de 18 de febrero: una medida laboral urgente para garantizar el cumplimiento de los compromisos europeos, la seguridad jurídica y la protección de los colectivos vulnerables
  • A escasos días de su derogación, el despido por absentismo entra en letra muerta por decisión judicial
  • El Congreso convalida la derogación del artículo 52d del Estatuto de los Trabajadores, que permitía el despido por bajas médicas justificadas

Vía: http://www.laboral-social.com/ley-1-2020-deroga-absentismo-laboral-justificado-como-causa-despido-objetivo.html

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