Prestación de riesgo durante la lactancia natural. Trabajadora sanitaria en urgencias. El objeto del recurso es determinar la existencia del riesgo específico para la lactancia. Turnicidad.
La Mutua demandada se alza en casación para unificación de doctrina frente a la sentencia que, confirmando la sentencia de instancia, acoge la pretensión de la trabajadora demandante en reconocimiento del derecho a prestación de riesgo durante la lactancia.
Es objeto del recurso la cuestión de la concurrencia de la existencia del riesgo específico para la lactancia.
En el caso que nos ocupa, y según resulta del relato fáctico de la sentencia de instancia, con la alteración que se llevó a cabo en sede de suplicación, el servicio de prevención de la empresa analizó los riesgos para la lactancia natural concurrentes en el puesto de la actora proponiendo la adaptación del tiempo de trabajo, la posible no realización de trabajo nocturno y la puesta a disposición de lugar adecuado para amamantar o extraer y conservar la leche. Consta acreditada asimismo la imposibilidad de adaptación, lo que sirve de elemento decisivo para la estimación de la pretensión por parte de la Juzgadora a quo, lo que es confirmado, como hemos dicho, por la Sala de suplicación.
El Supremo desestima el recurso de la Mutua.
(Sentencia 4 de diciembre de 2019)
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