OBLIGATORIAS. NO OBLIGATORIAS. REGLAMENTOS. DIRECTIVAS. DECISIONES. RECOMENDACIONES. Y DICTÁMENES. – ALCANCE GENERAL (APLICABLE A TODOS LOS EE.MM) – MISMO RANGO QUE UNA LEY NACIONAL. – OBLIGATORIA PARA UNO O VARIOS EE.MM. – EL EE.MM DEBE ALCANZAR LOS RESULTADOS MARCADOS EN ELLA, PERO TIENE LIBERTAD DE ELECCIÓN RESPECTO A LA FORMA Y LOS MEDIOS PARA ALCANZARLOS. – SE MARCA UNA FECHA LÍMITE PARA SU INCORPORACIÓN AL DERECHO NACIONAL. – OBJETIVO: ARMONIZAR LEGISLACIONES NACIONALES. – LEGISLA CASOS PARTICULARES (PUEDE AFECTAR A UN EE.MM, A UNA CC.AA EN CONCRETO, A UNA EMPRESA O A UN CIUDADANO) – PUEDEN EXIGIR QUE SE ACTÚE O SE DEJE DE HACERLO, CONCECIENDO DERECHOS O IMPONIENDO OBLIGACIONES. – CONTIENEN SUGERENCIAS O EXPLICACIONES RELATIVAS A LA APLICACIÓN DE REGLAMENTOS Y DIRECTIVAS.