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España ratifica los Convenios de la OIT sobre trabajo a domicilio y sobre violencia y acoso en el trabajo

Convenio 177: Sobre trabajo a domicilio

El Convenio 177 sobre el trabajo a domicilio, adoptado en 1996, establece una normativa para mejorar las condiciones de las personas trabajadoras a domicilio. En España entrará en vigor doce meses después de la fecha en que haya sido registrada su ratificación. Este convenio materializa la igualdad entre los trabajadores a domicilio y el resto de personas asalariadas, sin que el lugar de prestación de trabajo suponga una discriminación en el disfrute de derechos laborales básicos.

C177 – Convenio sobre el trabajo a domicilio, 1996

Convenio 190: Sobre violencia y acoso en el trabajo

El Convenio 190 sobre la violencia y el acoso fue adoptado por la OIT en 2019 y tiene como objetivo explícito la erradicación de la violencia y el acoso «en el mundo del trabajo», un término amplio que abarca situaciones y colectivos que van más allá de la relación laboral.

Este convenio ofrece por primera vez a nivel internacional una protección contra la violencia y el acoso en el mundo del trabajo que es transversal y con perspectiva de género.

C190 – Convenio sobre la violencia y el acoso, 2019

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