A vueltas con los gastos del teletrabajo: ¿cuál es la situación actual?

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Compensación de los gastos a raíz de la aprobación del Real Decreto y más tarde de la Ley de trabajo a distancia

Uno de los aspectos que más debate y dudas viene suscitando respecto al teletrabajo es la compensación de los gastos a raíz de la aprobación del Real Decreto y más tarde de la Ley de trabajo a distancia. ¿Pero qué dicta la norma?

Existen dos tipos principales de gastos en los que una persona pude incurrir por razón del teletrabajo:

  • Gastos de suministros, tales como conexión a internet, gastos de luz o climatización generados durante el tiempo dedicado a la actividad profesional desde el domicilio.
  • Gastos en adquisición de material o herramientas de trabajo, incluyendo también silla ergonómica, mesa de escritorio, etc. Unos y otros deben ser compensados por la empresa.

Como principio, la empresa viene obligada a proporcionar a las personas que trabajan para ella todas las herramientas y medios que necesitan para el desarrollo de su actividad, lo que también es aplicable en situación de trabajo a distancia o teletrabajo.

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