Author: Área Comunicación CGT Metal Madrid

El Gobierno se compromete a establecer ‘bolsas de horas’ para uso de los trabajadores

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El Ejecutivo  aprueba el III plan estratégico de igualdad, con más de 600  medidas y 20.000 millones de euros

El Plan Estratégico para la igualdad entre mujeres y hombres 2022-2025, aprobado por el Consejo de Ministros, establece más de 600  medidas encaminadas a avanzar hacia la igualdad real, según la ministra Irene Montero, y que demuestra el compromiso del Gobierno con el feminismo. Entre ellas, la de impulsar la flexibilidad de los horarios para los trabajadores, una medida que también exige Europa. 

Esto se incluirá en la ley de usos del tiempo, en la que trabaja ya la vicepresidenta Yolanda Díaz, y que incluirá ‘bolsas de horas’ para que  los trabajadores puedan atender sus obligaciones personales, incluido el cuidado de sus hijos y mayores, informan fuentes del Ministerio de Igualdad.

Continúa en: http://www.lavanguardia.com/vida/20220308/8108499/gobierno-compromete-establecer-bolsas-horas-trabajadores-puedan-cuidar.html

Cómo calcular la nómina

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La nómina es un recibo del pago del salario, que también justifica el pago mensual que el trabajador de IRPF y de Seguridad Social.

Una nómina es un documento oficial en el que se refleja cuánto dinero recibe un trabajador como compensación por sus servicios a la empresa en la que está contratado. La nómina es, por tanto, un recibo en toda regla. Un recibo del pago del salario, que también justifica el pago que el trabajador hace cada mes de IRPF y de Seguridad Social.

Hacer el cálculo de una nómina puede parecer complicado debido a que contiene muchos conceptos, pero una vez que se comprende cada uno de ellos por separado, el proceso se vuelve sencillo. Es decir, para saber cómo hacer una nómina solo hay que entender cómo se calculan sus diferentes elementos (como las horas extraordinarias o el salario base, por ejemplo) y conocer los impuestos que los graban.

Continúa en: http://sindicalismo.org/2022/03/15/como-calcular-la-nomina/

Reconocido el derecho a cambiar el turno de trabajo para cuidar a sus padres

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Los magistrados indican que no pude concluirse que reconocerle la adaptación solicitada comporte una especial dificultad organizativa para la empleadora, ni tampoco que exista un obstáculo productivo

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha declarado que una trabajadora de una escuela infantil dependiente del Consorcio Galego de Servizos de Igualdade e Benestar a la que le cambiaron al turno de tarde tiene derecho a que su jornada sea en horario de mañana, de 9 a 16 horas, para poder conciliar y encargarse del cuidado de sus padres.

La Sala subraya que, en el curso 2021-2022, después de varios años en los que desarrolló el turno de mañana, se le estableció el de tarde, de 13 a 20 horas, lo que aseguran que supuso “una importante alteración de la organización y coordinación que tenía establecida para llevar a cabo el cuidado de su padre y de su madre”, quienes precisan, por su estado de salud, asistencia o ayuda para actividades de la vida diaria, según consta en informes médicos y de los servicios sociales. Además, el hermano de la recurrente tiene una minusvalía del 65 %, por lo que no puede participar en el cuidado.

Continúa en: http://elderecho.com/derecho-cambiar-turno-de-trabajo-por-conciliacion?utm_medium=email&utm_source=newsletter&utm_campaign=20220317_Nwl

El Gobierno aprueba el Fondo Red para que los nuevos ERTE puedan operar “de forma inminente”

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Pedro Sánchez ya ha anunciado que esta herramienta se activará para las empresas con dificultades por la guerra en Ucrania, que se sumarían al previsto para las agencias de viaje debido a la pandemia.

Ya hay un fondo específico para financiar los nuevos ERTE del llamado “Mecanismo Red”, que se prevé que sean necesarios ante la guerra en Ucrania y para algunas secuelas de la crisis por la pandemia. El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la constitución del Fondo Red para la solicitud de los nuevos expedientes creados en la reforma laboral, regulados en el artículo 47 bis del Estatuto de los Trabajadores. En el Gobierno no han dado cifras por el momento sobre cuánto dinero tendrá el fondo.

La norma aprobada esta mañana “implica la posibilidad de activar el Mecanismo RED asegurando la financiación de las medidas” y que esta herramienta laboral “pueda operar de forma inminente”, recogen en su comunicado conjunto los Ministerio de la Seguridad Social y de Trabajo.

Continúa en: https://www.eldiario.es/economia/gobierno-aprueba-fondo-red-nuevos-erte-puedan-operar-forma-inminente_1_8832690.html

Primera sentencia que aplica el criterio del Tribunal Supremo sobre el complemento por maternidad en las pensiones para hombres

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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha dictado la primera sentencia en la comunidad que acoge el criterio del Tribunal Supremo de reconocer a los hombres el complemento por maternidad en las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social con efectos retroactivos. 

a Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria revoca parcialmente una sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Santander en la que se reconocía este complemento de maternidad a un progenitor ya jubilado, pero con efectos económicos desde tres meses antes de que el demandante efectuara la reclamación.

Ahora el tribunal reconoce, como ya lo hizo el Juzgado, el citado complemento de maternidad y precisa, además, que la fecha a tener en cuenta para su pago «será la reconocida inicialmente para el abono de la prestación de jubilación contributiva».

Esta resolución acoge el criterio del Tribunal Supremo que en una reciente sentencia, tratada aquí, recogía que los hombres no pueden quedar excluidos de dicho complemento y que el reconocimiento debe tener efectos retroactivos.

Continúa en: http://www.iberley.es/noticias/primera-sentencia-aplica-criterio-ts-sobre-complemento-maternidad-pensiones-hombres-31536

Admitido el derecho de una madre de familia monoparental a acumular las prestaciones por nacimiento y cuidado de menor reconocidas a los dos progenitores

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El magistrado subraya en la sentencia que los permisos se contemplan en beneficio del menor y para atender a los cuidados que precisa

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de A Coruña ha reconocido el derecho de una madre a recibir las prestaciones acumuladas por nacimiento y por cuidado de su hijo durante 32 semanas, en lugar de las 16 reconocidas por la Delegación del Gobierno en Galicia. La demandante, según consta en la resolución, fue madre el 5 de marzo de 2021, constituyendo una familia monoparental.

Con motivo de ese nacimiento, el 22 de marzo presentó ante la Delegación del Gobierno en Galicia la solicitud de prestaciones por nacimiento y cuidado de menor, indicando su condición de familia monoparental, pero la administración solo le reconoció el derecho a la prestación por cuidado de menor de 16 semanas. En junio de ese año, reclamó que se le reconociese el derecho de su hijo a ser cuidado durante 32 semanas por su única progenitora, es decir, durante las 16 semanas que ya le habían reconocido más las 16 restantes que la legislación reconoce para el cuidado de los menores nacidos en una familia biparental, pues corresponden al permiso del otro progenitor que no es madre biológica.

Continúa en: http://elderecho.com/derecho-acumular-prestaciones-cuidado-menor-madre-monoparental?utm_medium=email&utm_source=newsletter&utm_campaign=20220224_Nwl