El Ingreso Mínimo Vital ya se regula mediante Ley

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Publicada la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital (proveniente del RD-ley 20/2020, de 29 de mayo). Se introducen mejoras que se aplicarán a partir del 1 de enero de 2022

El BOE del 21 de diciembre de 2021 ha aprobado definitivamente la Ley del Ingreso Mínimo Vital (IMV), ya que hasta ahora se regía por el Real Decreto-ley 20/2020.

Sin perjuicio de la lectura de la norma, dentro de las mejoras incluidas en el trámite parlamentario aplicables a partir de su entrada en vigor (1 de enero de 2022) encontramos (Fuente: Moncloa.gob.es):

– Complemento de ayuda a la infancia, que llegará a los beneficiarios de la prestación con menores a cargo, pero también a otras familias de rentas bajas, ya que se elevarán los umbrales de renta garantizada y patrimonio establecidos para cada tipología de hogar.

Este complemento será de 100 euros por hogar al mes en el caso de niños de 0 a 3 años; de 70 euros al mes por cada niño entre 3 y 6 años y de 50 euros al mes por cada menor de entre 6 y 18 años y lo recibirán los hogares que cumplan dos requisitos: aquellos que no superen el 300% de la renta garantizada del IMV para su tipo de hogar y que no superen el 150% del umbral de patrimonio correspondiente a su tipo de hogar. Es decir, lo cobrarán los actuales perceptores del IMV con menores a su cargo y otros hogares de rentas bajas, pero no en pobreza extrema.

Continúa en: http://www.iberley.es/noticias/ingreso-minimo-vital-regula-mediante-ley-31397

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