Del ERTE al ERE: los tribunales recuerdan que si la causa es la misma, será nulo si no hay un cambio sustancial

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Del ERTE al ERE (despido colectivo): los tribunales recuerdan que si la causa que va a motivar el ERE es la misma que provocó el ERTE, tiene que producirse un cambio sustancial. Si no es así, el ERE será nulo.

Un buen ejemplo es esta sentencia del TSJ de Asturias de 26 de octubre de 2020 que estima la demanda interpuesta por el sindicato y declara nulo el despido colectivo.

Una vez levantado el estado de alarma provocado por la Covid19, debe tenerse en cuenta, razona el TSJ, la jurisprudencia sobre la suspensión de los contratos y el despido posterior.

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