La Audiencia Nacional concluye, con ciertos matices, que las horas de disponibilidad no son tiempo de trabajo efectivo

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La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, determina en su Sentencia de fecha 20 de septiembre de 2018 que no se considera tiempo de trabajo efectivo el tiempo en que el personal esté disponible y localizable sin que se le exija la presencia en un lugar determinado, ni en las proximidades del mismo, y sin que se fije un plazo mínimo para el inicio de la intervención que le sea requerida.

Fuente legaltoday (sentencia)

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